Derecho al trabajo
Para llevar una vida digna, toda persona tiene derecho al trabajo, lo que implica la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado. Así lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 23) al mencionar que:
“Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.”
En una dimensión individual, el derecho al trabajo comprende no solo la posibilidad de acceder a un trabajo, sino también que éste reúna diversas condiciones (derechos en el trabajo), por ejemplo, al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren una remuneración que proporcione como mínimo un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor; la seguridad y la higiene en el trabajo; igual oportunidad para ser promovida dentro de su trabajo a la categoría superior que les corresponda; al descanso; al disfrute del tiempo libre; a la limitación razonable de las horas de trabajo y las vacaciones periódicas pagadas; y, la remuneración de los días festivos.
En una dimensión colectiva, puede referirse el derecho asociarse en sindicatos o el derecho a huelga.